Las y los diputados guanajuatenses aprobaron una serie de reformas a la Ley de Bebidas Alcohólicas para el estado de Guanajuato y sus Municipios, al Código Fiscal y al Código Penal estatales, y hoy te contamos de qué van estos cambios. ¡Sigue leyendo!
¿Cuáles fueron los cambios hechos a la Ley de Bebidas Alcohólicas?
Otorgamiento de licencias
La reforma abarca modificaciones en definiciones de diversos conceptos, junto a que no será procedente el otorgamiento de licencias, cuando existan diferencias entre los datos aportados por el solicitante en el cuestionario correspondiente y el resultado de la verificación de la ubicación y condiciones que guarden las instalaciones del establecimiento; y que dentro de las competencias del SATEG se agregue el secuestrar mercancía alcohólica, así como cualquier medio que se utilice para producir o almacenar y, enajenar bebidas alcohólicas.
Permisos eventuales
En el apartado de permisos eventuales, se agrega que los titulares del permiso global deberán señalar los datos de las personas físicas o morales que pretendan desarrollar las actividades de producción o almacenaje y, enajenación de bebidas alcohólicas; así como que el SATEG autorizará la expedición y otorgamiento de permisos provisionales, mismos que tendrán una vigencia máxima de sesenta días hábiles; y que dichos permisos tendrá un costo equivalente al 25 por ciento del total de la tarifa establecida en la Ley de Ingresos vigente por concepto del tipo de licencia.
Reformas al Código Fiscal y al Código Penal estatal
-Se incorpora un capítulo de “Delitos Fiscales” en el Código Fiscal estatal; se establece la facultad expresa para que la autoridad fiscal utilice herramientas tecnológicas como cámaras fotográficas, grabadoras de video y audio, durante el desarrollo de las visitas domiciliarias y verificaciones; se añade la facultad de gestión para enviar propuestas de pago y declaraciones prellenadas; se reforma la norma para poder notificar mediante la figura de Buzón Tributario; entre otros aspectos.
-En materia del Código Penal estatal, en virtud de la incorporación en el Código Fiscal para el estado de Guanajuato del Título Cuarto Infracciones, Sanciones y Delitos Fiscales, relativo a los delitos fiscales, se deroga el Título Quinto De los Delitos Contra la Hacienda Pública que incluye la defraudación fiscal y reglas comunes para los delitos contra la Hacienda Pública.




