Diputadas y diputados del Congreso del estado de Guanajuato aprobaron reformas a la Ley de Inclusión para las Personas con Discapacidad, donde se contemplan diversas acciones para promover el pleno desarrollo de las personas con discapacidad. Aquí te contamos las modificaciones.
¿Cuáles fueron las reformas hechas a la Ley de Inclusión para las Personas con Discapacidad?
Con estas modificaciones se establece como atribución de las autoridades estatales y municipales la generación de condiciones que favorezcan la contratación de personas con discapacidad.
Inclusión laboral
-Se precisa que el Poder Ejecutivo estatal y los Ayuntamientos, en el ámbito de sus competencias, generarán de manera progresiva condiciones adecuadas para el desarrollo de actividades laborales para las personas con discapacidad y, para tal efecto, promoverán el derecho al trabajo digno, atendiendo a sus respectivas competencias laborales, garantizando por lo menos un tres por ciento de contratación en su plantilla laboral de forma progresiva.
En los artículos transitorios se establece que el Poder Ejecutivo y los Ayuntamientos presentarán un informe anual al Congreso del estado en el mes de diciembre de cada año, acerca de la incorporación progresiva de personas con discapacidad en las nuevas designaciones, nombramientos o contrataciones que llevan a cabo.
Independencia
-Se indica que son derechos de las personas con discapacidad el respeto de la integridad física, mental y de su dignidad inherente; el ser incluidos y participar plenamente en su familia y en la comunidad; a que se les garantice la máxima independencia posible; y a que se les consulte en los asuntos que les afecten.
Desarrollo integral
-También se agregan atribuciones al Ejecutivo del estado y los Municipios como el impulsar en los sectores público y social una cultura de inclusión que garantice la equiparación de oportunidades de las personas con discapacidad; garantizar la asistencia de intérpretes para las personas con discapacidad cuando deban acudir ante las autoridades administrativas, judiciales o de procuración de justicia del estado; y a promover la capacitación y el aprendizaje que contribuyan al desarrollo integral de las personas con discapacidad.
Derechos humanos y educación
-Se fija que la Secretaría de Derechos Humanos tendrá como atribución integrar un padrón de las organizaciones e instituciones estatales dedicadas a la habilitación o rehabilitación de personas con discapacidad; mientras que la Secretaría de Educación deberá promover la utilización de la lengua de señas mexicana, el sistema de escritura braille, y otros modos, medios y formatos de comunicación.
Deporte y cultura
-En materia de deporte, recreación y cultura se precisa que se deben establecer estrategias para propiciar condiciones de inclusión para lograr la equidad en la promoción, disfrute y realización de servicios deportivos, artísticos y culturales; y fomentar la elaboración de materiales de lectura o didácticos; incluyendo el sistema de escritura braille u otros formatos accesibles.