Si eres mujer y vives violencia o existen señales de que tu vida está en riesgo o peligro, puedes solicitar una orden de protección.
¿Y esto para qué me sirve?
Con las órdenes de protección, se adoptan acciones urgentes y se garantiza la integridad física de quienes denuncian; por ello, es que son personales y no se pueden transferir.
¿Cómo la solicito?
Estas órdenes se pueden solicitar ante la Agencia del Ministerio Público en el momento en que la persona presenta la denuncia, pues es uno de los derechos que tiene cuando, por ejemplo, ha sido víctima de alguna situación de violencia, amenazas, privada de la libertad, ha sido obligado a tener una relación sexual o se ha percatado de ser perseguida.
Tipos de órdenes de protección
La Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el estado de Guanajuato, contempla tres tipos de órdenes de protección:
– De Emergencia: se puede solicitar que se prohíba al agresor acercarse al domicilio, al lugar de trabajo, al lugar de estudios y al domicilio de las y los familiares.
También, que se proporcione un lugar que garantice la integridad personal, como un refugio; la desocupación de agresor del domicilio en el que viven o vive la víctima, es decir, la persona agredida y la entrega inmediata de objetos personales y documentos de la víctima, entre otros.
– Preventivas: incluyen cuestiones como retener y asegurar armas de fuego o punzocortantes del agresor, realizar inventarios de los bienes tanto de los muebles que pueden ser objetos o inmuebles como propiedades, también garantizar que la persona puede usar esos bienes que se encuentran en la casa que sea el domicilio de la víctima.
También, permiten el acceso de la víctima al domicilio para sacar sus cosas personales y las de sus hijas e hijos acompañados de alguna policía o personas de apoyo, además del auxilio y apoyo de la Policía a la víctima cuando lo autorice para ingresar al domicilio en el que se encuentre en ese momento.
Ambas órdenes (de emergencia y preventivas) tienen una duración no mayor a 72 horas, y es importante saber que se pueden volver a solicitar si es necesario y brindarlas dentro de las ocho horas siguientes en que se dieron a conocer a las autoridades lo sucedido.
– De Naturaleza Civil: al agresor se le suspenderán las visitas y la convivencia con sus hijos e hijas mientras están en un albergue, además se le embargarán bienes para garantizar que cumpla con la pensión alimentaria.
Para conocer más información sobre este tema, puedes acudir a las instalaciones del Instituto Municipal de las Mujeres (IMMujeres) en León, en avenida Olímpica #1603, en la colonia Agua Azul, o llamar al 477 712 29 29; también se puede solicitar apoyo en calle Sánchez #603 o llamar al 477 560 7646.
De igual manera, puedes acudir a la Unidad de Atención Integral para las Mujeres ubicada en Carretera León-Cuerámaro km 4.5, en el fraccionamiento Industrial Central de Abastos, en el Edificio de Prevención Social 2do. Piso, o llamar al 477 788 89 00 extensión 42815.
Si vives fuera de León, puedes acudir al instituto municipal de las mujeres en tu ciudad, o al Instituto para las Mujeres Guanajuatenses (IMUJ), en Plazuela de Cata # 1, colonia Mineral de Cata, en Guanajuato capital, o ingresa aquí a su página web.