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Home De justicia y más

¿En qué consisten las reformas en materia de alcoholes avaladas por el Congreso de Guanajuato?

En la carta de bebidas alcohólicas de los establecimientos se deberá exhibir el contenido alcohólico por cada producto que oferten

julio 3, 2025
León y Ocampo implementarán Ley Seca por elección judicial 2025

Si eres propietario de un negocio donde se expidan bebidas alcohólicas, te compartimos que el pleno del Congreso del Estado aprobó reformas a la Ley de Bebidas Alcohólicas para el estado de Guanajuato y sus Municipios. ¡Toma nota!

¿Qué reformas se hicieron a la Ley?

-Con estas reformas se establece en el glosario lo relativo a signos de ebriedad y se fortalece lo correspondiente al servicio de alimentos.

-Se agregan supuestos para la revocación de la licencia o el permiso cuando se acredite, por la autoridad competente, que el establecimiento sea utilizado para la venta de droga, sustancias prohibidas por las disposiciones legales, psicotrópicas, enervantes, estupefacientes o cualquier otra denominación o especie o sustancias o productos controlados, o bien, se utilice como lugar de narcomenudeo; y cuando enajenen bebidas alcohólicas adulteradas, contaminadas o alteradas.

-Se precisa que en los establecimientos se deberá sugerir a la persona conductora que muestre signos de ebriedad que no conduzca, informándole las alternativas de servicio público de transporte.

-En su carta de bebidas alcohólicas, deberá exhibir el contenido alcohólico por cada producto que oferte y en forma clara mostrar al menos tres ejemplos de la cantidad de unidades máxima que se considera como límite previo a lo que corresponde a un consumo excesivo de alcohol.

-También se establece la prohibición de condicionar a los clientes de realizar un consumo mínimo para permitirles acceder o permanecer en el establecimiento y se precisa que, en ninguna forma que implique consumo mínimo podrá condicionarse la asignación o instalación de mesa en una determinada área del establecimiento, o el acceso a alguna zona reservada. Igualmente, se establece una infracción por realizar el mencionado acto; por primera vez, de 300 a 499 UMAs diarias y si reincide de 500 a 700, esto es de 33 mil 942 pesos (300 UMAs) y la reincidencia hasta por 79 mil 198 pesos aproximadamente.

¿Por qué se hicieron estas reformas a la ley?

Con ello se impulsa un marco normativo más claro y preciso que elimina ambigüedades, se fortalecen las medidas para prevenir el consumo en niñas, niños y jóvenes, se fortalecen las sanciones en venta de bebidas adulteradas, se combate la venta de drogas en establecimientos con licencia de venta de alcohol, se precisan medias de prevención y concientización para que las personas no tomen y manejen y así crear una cultura de responsabilidad.

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Staff El Buen Ciudadano

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