El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Alberto Pérez Dayán, aceptó a trámite la controversia constitucional que interpusieron gobiernos municipales para impugnar las reformas a la Ley General de Comunicación Social y a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que conforman la primera parte del Plan B.
Entre los treinta municipios a los que se les aceptó el trámite, están los siguientes.
En Guanajuato:
-León
-Acámbaro
-Santiago Maravatío
-Jaral del Progreso
-Coroneo
-Dolores Hidalgo
-Pénjamo
-San José Iturbide
En Estado de México:
-Metepec
-Chapa de Mota
-Huixquilucan
En Coahuila:
-General Cepeda
-Sabinas
En Querétaro:
-Corregidora
En Michoacán:
-Venustiano Carranza
-Municipios de Durango y Mérida
Asimismo, la controversia constitucional contra la Ley General de Comunicación Social ya fue interpuesta por el CEN del PAN ante la SCJN.
¿Qué establece la reforma al artículo 26 de la Ley General de Comunicación Social?
En el artículo 26 de la Ley General de Comunicación Social se establece que las entidades federativas deberán limitar el gasto en materia de comunicación social a 0.1 % del Presupuesto de Egresos Anual. Esta Ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2022.
¿Qué es una controversia constitucional?
Una controversia constitucional se define como el juicio que se promueve ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación para resolver los conflictos que surjan entre poderes federales, poderes de los estados, órganos de gobierno de la ciudad de México, o entre los órdenes federal, estatal, municipal o de la ciudad de México, por invasión de competencias o por cualquier tipo de violación a la Constitución federal.
El pasado 3 de febrero, el Pleno del Congreso del estado de Guanajuato acordó solicitar se presente controversia constitucional por la reforma al artículo 26 de la Ley General de Comunicación Social.