Las y los candidatos a cargos de elección en Guanajuato para el proceso electoral 2023-2024 pueden solicitar protección y seguridad personal. Te contamos sobre los pasos que deben seguir para contar con dicha medida.
Antecedentes
Las y los candidatos pueden solicitar la seguridad y protección personal, derivado del acuerdo establecido el 8 de diciembre de 2023 entre el Gobierno del estado de Guanajuato con las autoridades del Instituto Nacional Electoral (INE) mediante la Junta Local Ejecutiva y el Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG), con el fin de generar las condiciones de paz y tranquilidad para el desarrollo de la jornada.
¿Qué pasos deben seguir las y los candidatos para dicha solicitud?
Como parte del acuerdo, todo aspirante ya registrado que solicite la protección y seguridad personal por parte de las autoridades en materia de seguridad pública, deberá cumplir con una serie de pasos como parte del procedimiento para el otorgamiento de este servicio:
Cuando oficialmente el candidato o candidata a la gubernatura, senaduría, diputaciones federales, locales y Ayuntamientos obtenga el registro ante la autoridad electoral, y que con motivo de su candidatura exista un riesgo inminente que atente contra su vida o integridad física, este podrá solicitar, por sí o por conducto de los representantes del partido político al que pertenezca, el servicio de protección personal a las siguientes instituciones:
a) Tratándose de candidatos o candidatas a la gubernatura, diputación local o Ayuntamientos, a la presidencia del Consejo General del IEEG.
b) Tratándose de candidatos o candidatas a una senaduría y/o diputaciones federales, al titular de la Junta Local Ejecutiva del INE.
Previo a la solicitud de protección personal ante las instituciones electorales antes señaladas, el candidato o candidata o los representantes de su partido político, tendrá la obligación de presentar la denuncia o querella correspondiente, ante la autoridad competente a efecto de que se realice la investigación y el seguimiento conducente, observándose lo siguiente:
a) El candidato o candidata que solicite el servicio de protección personal, deberá acompañar en su escrito la solicitud, copia de la denuncia y/o querella presentada, así como describir las circunstancias de tiempo, modo y lugar que sustente dicha solicitud.
¿Qué proceso llevarán las solicitudes?
Gubernatura y diputaciones locales
En los casos en que el candidato o candidata sea a la gubernatura y diputaciones locales, la presidencia del Consejo General del IEEG, una vez recibida la solicitud, la remitirá junto con el expediente completo al secretario de Gobierno, quien de acuerdo el secretario de Seguridad Pública del estado, analizarán dicha solicitud y determinarán, en caso de considerarla procedente, el otorgamiento del servicio de protección personal que de acuerdo a las particularidades del caso en concreto, brindará al candidato o candidata.
Ayuntamientos
De igual forma, cuando el candidato o candidata sea para Ayuntamientos, la presidencia general del IEEG, una vez recibida la solicitud, dará conocimiento al secretario de Gobierno, y remitirá el expediente completo junto con la solicitud del servicio de protección personal al presidente o presidenta municipal, quien determinará el otorgamiento del servicio, por conducto de la Secretaría, Comisaría y/o Dirección de Seguridad Pública a su cargo.
Senadurías y diputaciones federales
En el supuesto de que el candidato o candidata sea para senaduría y /o diputaciones federales, el titular de la Junta Local Ejecutiva del INE, una vez recibida la solicitud, dará de conocimiento al secretario de Gobierno, y remitirá la solicitud de servicio de protección personal al titular de la Guardia Nacional en el estado, quien determinará el otorgamiento del servicio por conducto de su personal policial.
Asimismo, en el caso de que la autoridad electoral reciba alguna solicitud de protección sin que a la misma se acompañe la copia de la denuncia y/o querella correspondiente, será remitida a la Secretaría de Gobierno, siempre que en la misma se señalen circunstancias de tiempo, modo y lugar, a efecto de que dicha autoridad determine la conducente respecto del trámite a seguir conforme lo establece este Acuerdo.
Una vez recibida la solicitud de protección y seguridad personal para los candidatos o candidatas, se procederá a realizar un análisis y en base a este, determinar el nivel de riesgo que existe y establecer las medidas de seguridad que se requieran en el caso concreto.