Este jueves 9 de abril, el pleno del Congreso del estado aprobó reformas al Código Penal estatal para crear el Registro Público de Personas Agresoras Sexuales. ¡Te damos los detalles!
¿Qué contemplan las reformas hechas al Código Penal de Guanajuato?
A continuación, te enlistamos a detalle todo lo que contemplan las reformas aprobadas:
-Con estos cambios, se establece de manera clara que la reparación del daño moral no exime a las personas sentenciadas de ser inscritas en dicho registro.
-Se dispone que el juez deberá ordenar, de manera obligatoria, la inscripción en este padrón cuando exista sentencia firme por delitos como:
*Feminicidio
*Trata de personas menores de 18 años
*Abuso sexual contra niñas, niños o adolescentes
*Acoso y hostigamiento sexual en agravio de menores
*Afectación a la intimidad
*Captación y tráfico de menores
*Corrupción de menores e incapaces
*Explotación sexual y lenocinio
-La inscripción se realizará una vez que la sentencia haya quedado firme y el registro permanecerá vigente durante todo el tiempo que dure la pena de prisión. Incluso, aplicará en los casos en que la pena sea sustituida o suspendida conforme a la ley. Además, se mantendrá por un periodo adicional de diez años a partir de que la persona sentenciada obtenga su libertad.
¿Qué instancia será la encargada de operar el Registro Público de Personas Agresoras Sexuales?
En la Ley Orgánica de la Fiscalía General del estado de Guanajuato se establece que será esta institución la encargada de administrar y operar el Registro Público de Personas Agresoras Sexuales.
Antecedentes
El 2 de octubre de 2025, la gobernadora del estado de Guanajuato, Libia Dennise García Muñoz Ledo, presentó al Congreso del estado, una serie de iniciativas para sancionar duramente a quienes atenten contra las niñas, niños, adolescentes y mujeres.
Entre dichas iniciativas estuvieron:
-Creación del Registro Público de Personas Agresoras Sexuales: Un sistema público de información que concentrará datos de quienes hayan recibido sentencia por delitos sexuales contra niñas, niños y adolescentes, que también será un instrumento de política pública para la prevención.
–Penas más severas por violencia familiar.
–Adición del acoso sexual en la Ley de Responsabilidades Administrativas, como falta grave.





