Diputadas y diputados del Congreso estatal aprobaron reformas a la Ley para la Búsqueda de Personas Desaparecidas en el estado de Guanajuato, en materia de acceso a los servicios de salud para personas buscadoras. Te contamos en qué consisten.
¿En qué consisten las reformas?
Dichas reformas se aprobaron por unanimidad de votos y consisten en lo siguiente:
-Se establece como atribuciones del Sistema Estatal de Búsqueda de Personas el atender y, en su caso, ampliar los lineamientos que regulen la participación de los familiares en las acciones de búsqueda.
-Promover la articulación interinstitucional para la atención y seguimiento preferente de la salud física y mental de los familiares, grupos independientes de búsqueda y todas las personas involucradas en el proceso de búsqueda de personas desaparecidas, independientemente si los padecimientos se generaron a partir del hecho victimizante.
-Además, se incluye dentro de los derechos de los familiares, el acceder a las medidas de ayuda, asistencia y atención con enfoque diferencial y con perspectiva de género, particularmente aquellas que faciliten su participación en acciones de búsqueda, incluidas medidas de apoyo psicosocial y participar de las estrategias de la articulación interinstitucional para la atención y seguimiento preferente de la salud física y mental.
¿Qué beneficios tienen estas reformas?
Con ello, se permitirá otorgar tratamientos médicos y psicológicos con enfoque diferencial, tanto a las víctimas como a los grupos colectivos y ahora, incluyendo a los grupos independientes de búsqueda, sin importar si el padecimiento se generó por el hecho victimizante.