Este lunes 25 de septiembre, la LXV Legislatura del Congreso del estado de Guanajuato inició su tercer año legislativo. A continuación, te contamos acerca de algunos de los resultados más importantes del segundo año.
RESULTADOS SEGUNDO AÑO LEGISLATIVO
Reformas Primer Periodo Ordinario:
-Paridad de género dentro de consejos y órganos
Reformas a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Guanajuato y a la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Guanajuato para fortalecer la participación de las mujeres en espacios de toma de decisiones dentro de la administración pública y la promoción de la paridad de género dentro de consejos y órganos.
Con dichas modificaciones se estable que se respete la paridad de género en la integración del Tribunal de Justicia Administrativa, así como en el Consejo Consultivo de Acceso a la Información Pública para el Estado de Guanajuato y deberán integrarse de manera que, en ningún caso, puedan ser más personas de un mismo género.
-Derogan artículos sobre discapacidad intelectual para contraer matrimonio
Reformas al Código Civil estatal para eliminar los artículos relativos a los impedimentos para contraer matrimonio por parte de personas con discapacidad intelectual.
Con el dictamen se derogan la fracción IX del artículo 153 y la fracción II del artículo 503 para excluir como impedimento para contraer matrimonio la discapacidad intelectual y lo correspondiente, en el apartado a incapacidad natural y legal, lo relativo a mayores de edad con discapacidad intelectual, aun cuando tengan intervalos lúcidos.
-Considerar el robo a escuelas como calificado
Reformas al Código Penal para considerar como robo calificado que el objeto robado sea un expediente, documento o valores que obren en una institución pública, o bienes que pertenezcan o estén al servicio de la misma.
-Avalan diversas reformas a la Constitución Política local
A fin de establecer el derecho humano de acceso al internet, el derecho de las y los jóvenes mayores de 18 años para contender por cargos de elección popular y para actualizar el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva de oficio.
La primera modificación incorporó el derecho que tienen todas las personas a disfrutar del acceso al internet; la segunda, eliminó la restricción de edad para contender por los cargos de presidente municipal, síndico o regidor, la cual establecía como requisito el tener por lo menos, veintiún años cumplidos al día de la elección.
Y la tercera, a fin de actualizar el catálogo de delitos en los que los jueces en materia penal dictarán de oficio la medida cautelar de prisión preventiva en el procedimiento penal acusatorio en el estado.
-Aprueban reformas en materia de impuesto ecológicos
Reformas a la Ley de Hacienda para el Estado de Guanajuato para integrar un capítulo denominado Impuestos Ecológicos de Remediación Ambiental, en el que se establecen impuestos ecológicos diseñados específicamente para combatir las externalidades negativas derivadas de actividades productivas o distributivas que tienen impactos negativos sobre el medio ambiente.
-Reformas para garantizar el acceso a los servicios de agua potable y drenaje
Se establece dentro de las atribuciones de la Comisión Estatal del Agua el coadyuvar con las autoridades y entidades de la administración pública federal, estatal y municipal, en las acciones de su competencia para gestionar la dotación de servicios públicos de agua potable y drenaje y, en su caso, de tratamiento y disposición de aguas residuales, a los asentamientos humanos en proceso de regularización.
De igual manera, se precisa que los ayuntamientos deberán evaluar, planear, promover y ejecutar las acciones para la dotación de los servicios públicos de agua potable y drenaje, a dichos asentamientos. Contempla que el organismo operador de agua tendrá que participar con las autoridades estatales competentes y los ayuntamientos en las acciones para la dotación de los servicios mencionados.
-Reformas en materia de violencia digital y violencia mediática
Se realizaron modificaciones a los tipos de violencia digital y mediática, en las cuales se contempla a la violencia digital como la acción u omisión realizada mediante el uso de las tecnologías de la información y comunicación, por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmita, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios, o videos reales, simulados o alterados de contenido erótico o sexual de una mujer sin su consentimiento, vulnerando su dignidad, intimidad, libertad, vida privada o imagen propia.
-Reformas en materia de violencia vicaria
Se enuncia que la violencia vicaria es cualquier acción u omisión ejercida contra una mujer con la finalidad de causarle daño o sufrimiento, realizada por una persona con quien tenga o haya tenido relación de matrimonio, concubinato, noviazgo o análoga, que se dirige en contra de las hijas, hijos o personas significativas.
-Incrementar servicios de protección a menores de edad
Las modificaciones contemplan el incrementar los alcances del artículo 4 referente a los individuos con derecho a la asistencia social, al incluir en los servicios especializados de protección y plena integración al bienestar a hijos e hijas menores de edad de mujeres víctimas de un feminicidio u homicidio.
-Nueva Ley de Turismo
Dicha norma tiene por objeto regular las acciones en la entidad para diseñar elaborar e implementar las políticas públicas y los instrumentos de planificación y gestión que fomenten, promuevan y evalúen el turismo en todas sus modalidades; la optimización de la calidad, innovación y competitividad de productos y servicios; así como la promoción de la actividad turística dentro y fuera del territorio nacional.
-Reformas en materia de igualdad de oportunidades y derechos humanos de la comunidad LGBTIQ+
Reformas a la Ley del Presupuesto General de Egresos del Estado de Guanajuato para el Ejercicio Fiscal de 2022 para establecer, en un artículo cuarto transitorio, que la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración deberá autorizar las ampliaciones líquidas para que se destinen recursos a programas, procesos o proyectos de inversión prioritarios, entre otros, con la finalidad de cerrar la brecha de desigualdad y hacer efectiva la igualdad de oportunidades y derechos humanos para la comunidad LGBTIQ+ y otros grupos en situación de vulnerabilidad.
Reformas Segundo Periodo Ordinario:
-Ofrecer mayor protección a hijos menores de edad de madres víctimas de feminicidio y homicidio
Se establece, en el derecho de ayuda, que las hijas o hijos menores de edad de madres víctimas de feminicidio u homicidio recibirán la atención especializada y los apoyos en educación y de carácter jurídico.
-Armonizar el mecanismo de alerta de violencia de género
Armonizar y regular el mecanismo de Alerta de Violencia de Género en contra de las Mujeres en la legislación estatal. Dichas reformas consisten en incorporar dentro del glosario los términos de debida diligencia, enfoque diferencial, interculturalidad, interseccionalidad, misoginia y muertes evitables.
Asimismo, se incluyen como principios rectores la universalidad, la interdependencia, la indivisibilidad y la progresividad de los derechos humanos, la perspectiva de género, la debida diligencia, la interseccionalidad, la interculturalidad y el enfoque diferencial.
Se establece la violencia feminicida como un tipo de violencia, la cual, se define como la forma extrema de violencia de género contra las mujeres, las adolescentes y las niñas, producto de la violación de sus derechos humanos y del ejercicio abusivo del poder en los ámbitos público y privado, que puede conllevar impunidad social y del Estado.
-Reformas relativas a educación inclusiva y el fomento a la no discriminación
El Pleno del Congreso aprobó reformas la Ley de Educación para el Estado de Guanajuato. Entre los aspectos más relevantes se establecen los propósitos de la educación especial para identificar, prevenir y eliminar las barreras que limitan el aprendizaje y la participación plena y efectiva de la sociedad de las personas con discapacidad, así como atender de manera adecuada a sus propias condiciones, estilos, ritmos de aprendizaje en un contexto educativo incluyente, basado en los principios de respeto, equidad, no discriminación, igualdad sustantiva y con perspectiva de género.
-Reformas a la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado de Guanajuato en materia de nepotismo
Con estas reformas se establece que cometerá nepotismo el servidor público que, valiéndose de las atribuciones o facultades de su empleo, cargo o comisión, directa o indirectamente, designe, nombre o intervenga para que se contrate como personal de confianza, de estructura, de base o por honorarios en el ente público en que ejerza sus funciones, a personas con las que tenga lazos de parentesco por consanguinidad hasta el cuarto grado, de afinidad hasta el segundo grado, o vínculo de matrimonio o concubinato.
-Reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Guanajuato en materia de empoderamiento de las mujeres
Con estas reformas se establece que el empoderamiento de las mujeres es el proceso por medio del cual las mujeres transitan de cualquier situación de opresión, desigualdad, discriminación, explotación o exclusión a un estado de conciencia, inclusión, autodeterminación y autonomía, el que se manifiesta en el ejercicio del poder democrático que emana del goce pleno de sus derechos y libertades.
-Reformas a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato y al Código Civil estatal para fortalecer los derechos de niñas, niños y adolescentes
Con estas reformas se incorpora la atribución de los ayuntamientos de establecer procuradurías auxiliares, con el objetivo de garantizar el efectivo cumplimiento de las obligaciones constitucionales e internacionales de promoción, respeto, protección y garantía de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes, buscando que las intervenciones de las autoridades en los órdenes de gobierno estatal y municipal se realicen de manera integral, coordinada y complementaria.
-Reformas para evitar que personas violentadoras y deudores alimenticios ocupen cargos públicos
Las reformas a la Constitución Política para el Estado de Guanajuato que evitan registros de candidatos para cualquier cargo de elección popular, o que sean nombrados para empleo, cargo o comisión en el servicio público aquellas personas que tengan sentencia firme por la comisión intencional de delitos relacionados con diferentes tipos de violencia o por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
-Reformas en materia de evaluaciones de control de confianza
El Pleno del Congreso del Estado aprobó las reformas a la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato en materia de evaluaciones de control de confianza. Las reformas contemplan que personal de las Instituciones Policiales se sometan a evaluaciones de control de confianza, con vigencia de tres años para acreditar el cumplimiento de sus requisitos de permanencia, mientras que el personal que desempeña funciones de mando le corresponderá una vigencia de la evaluación de dos años.
-Amplían definición de violencia laboral en favor de las mujeres
El Pleno del Congreso del Estado aprobó las reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado para resguardar a la mujer embarazada de no ser despedida, coaccionada a renunciar, pedir permiso, licencia sin goce de sueldo, en tanto cesa el embarazo o cualquier otra forma de separación de su empleo. Las reformas contemplan la ampliación de la definición de violencia laboral que se define como todo acto u omisión en abuso de poder sin importar la relación jerárquica que, daña la autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad de la víctima e impide su desarrollo.