Después de la etapa de luto tras el fallecimiento de un familiar, hay ciertos trámites que no se deben dejar pasar, como es el caso del cobro de los beneficios económicos.
La recuperación de cuentas bancarias, AFORE, pensión o seguro de vida, es un derecho, por lo que la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), establece los pasos a seguir para llevar a cabo dichos cobros.
Seguro de vida
La CONDUSEF ofrece un servicio llamado SIAB VIDA, con el que cualquier persona puede solicitar información que le permita saber si es beneficiario de uno o varios seguros de vida.
Para hacer uso del SIAB VIDA debes:
- Llenar y firmar el formato de solicitud en cualquiera de las Subdelegaciones.
- Anexar a la solicitud los siguientes documentos:
- Copia de la identificación oficial vigente del solicitante.
- Copia del acta de defunción del fallecido
Ingresa aquí para más información y/o realizar el trámite en línea.
Cuentas bancarias (ahorro, cheques o inversión)
La CONDUSEF cuenta con un sistema de consulta que ofrece información a quienes tengan la duda de ser beneficiarios de alguna cuenta de cheques, ahorro o inversión de un usuario fallecido.
¿Cuáles son los requisitos?
- Acudir a la subdelegación de la CONDUSEF que mejor le convenga, y elaborar la Solicitud de Beneficiarios de Cuentas de Depósito, presentando:
- Copia del acta de defunción del fallecido.
- Identificación oficial vigente (INE, pasaporte, certificado de matrícula consular)
Cuenta de ahorro para el retiro (AFORE)
Debes saber que existen dos tipos de beneficiarios: los legales (viuda o viudo, hijos de
16 o hasta 25 años si se encuentran estudiando, padres y concubinos) y los sustitutos (en caso de que no haya ningún beneficiario legal designado).
Para poder reclamar la cuenta de AFORE:
- Se deberá acudir a la Subdelegación del IMSS o de Prestaciones Económicas del ISSSTE, para que emita la resolución de pensión que corresponda.
- En caso de ser Beneficiario Sustituto, deberás acudir a la Junta o Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.
III. Posteriormente deberás acudir a la AFORE en la que se encontraba registrado el trabajador fallecido. Llenar el formato de Disposición de Recursos que te proporcionará la Administradora y presentar acta de defunción del titular de la cuenta, identificación oficial del fallecido y del solicitante, así como estado de cuenta de la AFORE.
Una vez procesada la solicitud, la Institución pondrá a disposición del beneficiario los recursos correspondientes en una sola exhibición.
Subcuenta de vivienda
El trámite para recuperar lo obtenido en la subcuenta de vivienda es muy parecido al de la cuenta de AFORE.
Para ello deberás acudir directamente a las oficinas del Infonavit o Fovissste, donde te solicitarán como mínimo:
- Copia del acta de defunción del fallecido.
- Identificación oficial vigente del fallecido y del solicitante (INE, pasaporte certificado de matrícula consular).
- Copia del Estado de Cuenta del Fondo para la Vivienda (no mayor a tres meses).
Después de presentar toda la documentación necesaria, la institución deberá dar respuesta en un plazo de 10 días.