Este jueves 6 de octubre, el Pleno del Congreso del estado de Guanajuato aprobó reformas al Código Civil estatal para eliminar los artículos relativos a los impedimentos para contraer matrimonio por parte de personas con discapacidad intelectual.
¿Qué modificaciones se realizaron?
Con el dictamen se derogan la fracción IX del artículo 153 y la fracción II del artículo 503, para excluir como impedimento para contraer matrimonio la discapacidad intelectual y lo correspondiente, en el apartado a incapacidad natural y legal, lo relativo a mayores de edad con discapacidad intelectual, incluso cuando tengan intervalos lúcidos. El dictamen fue aprobado por unanimidad de votos.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación consideró que las personas con discapacidad tienen derecho a casarse y formar una familia, y que prohibírselos los discrimina, por lo que se aprobó derogar dichos artículos al considerarse dicho impedimento como inconstitucional.
Habrá que recordar que, a inicios de agosto, durante la sesión de la Comisión de Justicia del Congreso de Guanajuato, representantes de la Procuraduría de los Derechos Humanos del estado de Guanajuato, del Supremo Tribunal de Justicia del estado de Guanajuato, y del Instituto Guanajuatense para las Personas con Discapacidad, expusieron los motivos por los que era necesario hacer estas modificaciones al Código Civil.