El pleno del Congreso de Guanajuato aprobó reformas al Código Penal del estado, con el objetivo de fortalecer los procesos de ordenamiento territorial y desarrollo urbano en los 46 municipios.
¿Qué implican las reformas?
Con estas reformas se establece que la reparación del daño comprende el pago del valor de las obras necesarias para introducir los servicios básicos; el de los lotes que se encuentren afectados de acuerdo con el Código Territorial para el estado y los municipios de Guanajuato, los planes o los programas estatal o municipal de desarrollo urbano y ordenamiento ecológico territorial; y el de las obras necesarias para dar acceso vial al predio. El pago deberá ser realizado a la administración pública municipal del lugar en donde se ubique el inmueble.
Penas de prisión a quienes promuevan asentamientos irregulares
Además, en el capítulo relativo a la afectación al ordenamiento territorial se precisa que se sancionará a quien promueva, induzca o aliente la formación o el establecimiento de asentamientos humanos irregulares en contravención al Código Territorial para el estado y los municipios de Guanajuato, a los planes, o a los programas estatal o municipal de desarrollo urbano y ordenamiento ecológico territorial; o al que enajene o se comprometa a enajenar en forma lotificada un inmueble, propio o ajeno, con o sin construcciones, sin el previo permiso de las autoridades competentes, o cuando existiendo este no se hayan satisfecho sus requisitos, se le impondrá de tres a nueve años de prisión y de cien a mil días multa.
Penas para servidores públicos
De igual manera, se indica que cuando se trate de servidores públicos y se encuentren en cualquiera de los supuestos del artículo, las penas previstas en el párrafo anterior se aumentarán de una mitad del mínimo a una mitad del máximo; además se le impondrán las penas de destitución del empleo o cargo y de inhabilitación de uno a diez años para desempeñar cualquier función pública.
Se establece la sanción agravada para los servidores públicos que realicen conductas que provoquen el desencadenamiento de asentamientos humanos irregulares, debido a que estos cuentan con información privilegiada y acceso a documentos, por lo que utilizar el ejercicio de sus funciones para cualquier acto relacionado con incentivar o vender un asentamiento irregular evidentemente resulta reprochable.
¿Y esto para qué me sirve?
La propuesta partió de dos ejes fundamentales: dar cumplimiento al mandato constitucional relacionado con el derecho humano al agua y precisar conductas en el Código Penal a fin de fomentar acciones para el ordenamiento territorial. Con estas reformas se busca desalentar el crecimiento de fraccionamientos irregulares.