El Pleno del Congreso aprobó reformas a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el estado de Guanajuato, en materia de violencia digital y violencia mediática.
¿Qué implican las reformas hechas por el pleno del Congreso?
Con dichas reformas se realizaron modificaciones a los tipos de violencia digital y mediática:
Violencia digital
-En la fracción XII de la Ley, se contempla la violencia digital como la acción u omisión realizada mediante el uso de las tecnologías de la información y comunicación, por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmita, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios, o videos reales, simulados o alterados de contenido erótico o sexual de una mujer sin su consentimiento, vulnerando su dignidad, intimidad, libertad, vida privada o imagen propia.
Violencia mediática
-En la fracción XV del artículo 5 de la Ley se adicionó que se considera a la violencia mediática como la acción u omisión realizada a través de cualquier medio de comunicación, que de manera directa o indirecta promueva la sumisión o explotación de mujeres, estereotipos sexistas, haga apología de la violencia contra las mujeres, las adolescentes y las niñas, la cosificación de sus cuerpos, produzca o permita la producción y difusión de discurso de odio sexista, discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres, o contenidos que la injurian, difaman, discriminan, deshonran, humillan o que atentan contra su autoestima, salud, integridad, dignidad, libertad o seguridad. Así como cualquier otra forma análoga que lesione o sea susceptible de dañar la dignidad, integridad o libertad de las mujeres.
Violencia en medios de comunicación
-Como parte de las reformas también se agregó la fracción VII, en el artículo 6, donde se incorporaron a los medios de comunicación como un ámbito en donde se presenta violencia contra las mujeres y se precisa que es la violencia que se ejerce al utilizar los medios de comunicación para producir o difundir contenidos que atentan contra la autoestima, salud, integridad, dignidad, libertad o seguridad de las mujeres, adolescentes y niñas, que impide su desarrollo y que atentan contra la igualdad.
¿Cómo afecta la violencia digital?
La violencia digital denigra a la mujer como ser humano, su imagen y su vida en general, afectando tanto su salud física y emocional como su entorno, desde el anonimato. Las violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas son un problema de salud pública de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS).