Si eres persona servidora pública, te compartimos las reformas hechas a la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos al Servicio del Estado y de los Municipios y a la Ley de Responsabilidades Administrativas, aprobadas hoy por el Congreso de Guanajuato. ¡Toma nota!
¿Para qué se hicieron las reformas?
El pleno del Congreso aprobó dichas reformas para ampliar derechos laborales, incorporar nuevas licencias con goce de sueldo, fortalecer la igualdad salarial y establecer mayores garantías para las personas trabajadoras del sector público.
¿En qué consisten las reformas hechas?
Con estas modificaciones se establece lo siguiente:
-Se reconoce el derecho de los padres trabajadores a disfrutar de una licencia de paternidad con goce de sueldo de veinte días hábiles. De igual manera, se prevé que dicho periodo pueda ampliarse hasta treinta días hábiles en los casos previstos por la ley.
-El derecho de las personas trabajadoras a contar con una licencia con goce de sueldo de cinco días hábiles en caso del fallecimiento de su cónyuge o de la persona con quien hayan hecho vida conyugal, así como de sus padres, hermanas, hermanos, hijas o hijos. Dicho permiso podrá ampliarse hasta por diez días hábiles adicionales, atendiendo a la distancia entre el lugar del fallecimiento y el centro de trabajo.
-Las mujeres trabajadoras diagnosticadas con endometriosis severa, miomatosis uterina, dismenorrea primaria o secundaria, o cualquier otro padecimiento menstrual incapacitante, tendrán derecho a una licencia con goce de sueldo de hasta dos días hábiles cuando se encuentren imposibilitadas para desempeñar su jornada laboral, siempre que acrediten su condición mediante certificado médico expedido por una institución pública o privada de salud. Asimismo, se precisa que podrán retirarse de su centro de trabajo en el momento en que se presenten los síntomas.
-Se incorpora como día inhábil el 1 de octubre de cada seis años, cuando corresponda la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
-Se establece el principio de igualdad salarial, al señalar que a trabajo igual, realizado en la misma dependencia y bajo las mismas condiciones, deberá corresponder salario igual, sin distinción por razones de sexo o género.
-Se precisa como obligación de las personas titulares de las dependencias proporcionar un número suficiente de asientos o sillas con respaldo para que las personas trabajadoras puedan desempeñar sus funciones y disponer de espacios adecuados para el descanso durante la jornada laboral.
-Se contempla la autorización de licencias con goce de sueldo de hasta cinco días al año para la realización de exámenes médicos preventivos y de detección de cáncer.
-Los sindicatos deberán gozar de protección adecuada contra cualquier acto de injerencia por parte de las personas servidoras públicas en su constitución, funcionamiento, administración y libre desarrollo de los procesos de elección sindical, así como en las condiciones de elegibilidad, reelección o destitución de sus dirigencias.
Los temas pendientes
El congresista Juan Carlos Romero Hicks manifestó que se estaban dictaminando 15 iniciativas, que representaba una deuda jurídica hacia los servidores públicos y que la reforma cuenta con aspectos destacados como la ampliación de licencias de paternidad, legislar en favor de las mujeres que sufren dolores menstruales incapacitantes, el derecho al luto y duelo con licencias, la denominada ley silla, la salud preventiva para detención de enfermedades como el cáncer, descanso obligatorio cada 6 años por la transición, se fortalece la igualdad sustantiva y la defensa de la autonomía sindical.
Agregó que quedaban algunos pendientes como la desconexión digital, casos de muerte fetal o perinatal, y otros en los que no se lograron acuerdos.




