Si estás por realizarte un tatuaje o perforación corporal, es importante que sepas que el establecimiento debe contar con la Tarjeta de Control Sanitario emitida por la Secretaría de Salud de Guanajuato. ¡Toma nota!
¿Qué es la Tarjeta de Control Sanitario?
Esta Tarjeta de Control Sanitario se emite a establecimientos con servicio y práctica de tatuajes, micropigmentaciones y perforaciones corporales.
La Tarjeta de Control Sanitario es expedida por la Dirección General de Protección contra Riesgos Sanitarios. Este documento permite a los prestadores de servicio, acreditar la preparación y conocimiento en las técnicas y procedimientos adecuados para dar cumplimiento a las condiciones sanitarias vigentes aplicables; para llevar a cabo el servicio y práctica de tatuajes, micropigmentaciones y perforaciones.
¿Cuáles son las recomendaciones a la población?
-Elegir un tatuador, micropigmentador y/o perforador que cuente con Tarjeta de Control Sanitario vigente y, solicitar el servicio en un establecimiento fijo que cuente con Aviso de Funcionamiento.
-Solicitar al prestador del servicio que explique ampliamente y de forma clara, el procedimiento, los riesgos que conlleva, la irreversibilidad del mismo y los cuidados posteriores.
-Requisitar el cuestionario que servirá como historial clínico para reflejar la condición de salud, y firmar la carta de consentimiento.
-En caso de menores de dieciocho años de edad que soliciten el servicio, contar con la autorización por escrito de quien ejerza la patria potestad o tutoría.
¿Cómo se tramita la Tarjeta de Control Sanitario?
Para obtener la Tarjeta de Control durante la vigilancia sanitaria, el aplicador de tatuajes, micropigmentaciones y/o perforaciones debe cumplir con la normativa sanitaria vigente, destacando lo siguiente:
-Aviso de Funcionamiento
-Tarjeta de Control Sanitario
-Registros de usuarios que permita la identificación y contacto posterior en caso de ser necesario, cartas de consentimiento informado y cuestionarios a usuarios previo al procedimiento; así como, la autorización en caso de que los usuarios sean menores de edad.
-Los materiales utilizados deben ser desechables, estériles y de uso único; en caso de contar con utensilios, equipos o instrumentos reutilizables, deberán ser esterilizados y almacenados correctamente.
-Las tintas para tatuajes deben ser biocompatibles con el cuerpo humano y mantenerse en su envase original (contar con número de lote, fecha de caducidad vigente y con etiqueta en español); para perforaciones, se deben utilizar materiales estériles de implantación o biocompatibles quirúrgicos; asimismo, en las micropigmentaciones los pigmentos deberán ser inocuos e insolubles.
-Contar con un Plan de Manejo de Residuos Peligrosos y contenedores de plástico rígidos para RPBI (desechos punzocortantes).
Actualmente en el estado de Guanajuato, se cuenta con un registro de 256 establecimientos. Para el año 2025, como parte de la vigilancia sanitaria, se proyectó una meta de 123 visitas de verificación y a la fecha se han realizado 19, destacando como principales irregularidades la falta de Tarjeta de Control Sanitario y falta del plan de manejo de RPBI.